Andradina aprueba ley de casinos condicionada a legislación federal que actualmente se tramita en el Congreso.

Casino I 31.10.25

Por: Magno José

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Andradina aprueba ley de casinos condicionada a legislación federal que actualmente se tramita en el Congreso.
El alcalde Mário Celso Lopes promulgó un proyecto de ley municipal que autoriza la concesión de operaciones de juego con fines turísticos. Sin embargo, este solo entrará en vigor si se aprueba el Proyecto de Ley 2.234/2022. El proyecto de ley prevé la instalación de casinos integrados en complejos turísticos. La concesión se otorgará mediante licitación pública, de conformidad con la Ley Federal.

El Ayuntamiento de Andradina, en São Paulo, aprobó, y el alcalde Mário Celso Lopes sancionó, la Ley Municipal n.º 4.316/2025, que autoriza la concesión de servicios de juego en modalidad turística a la iniciativa privada. La legislación se formalizó el 24 de octubre de 2025 y establece las condiciones para el funcionamiento de los casinos en el municipio de São Paulo, pero solo entrará en vigor si el Proyecto de Ley 2.234/2022 se convierte en Ley Federal.

El texto municipal declara la operación de juegos de interés turístico significativo, que se regularían mediante la propuesta federal, especialmente los casinos integrados en complejos turísticos de alta gama. La condición para la entrada en vigor de la ley se establece en el artículo 3.

"La vigencia de esta Ley está condicionada a la conversión del Proyecto de Ley nº 2.234/2022 en Ley Federal", afirma el extracto del documento sancionado por el alcalde.

La ley municipal se titula “Dispone sobre la autorización para otorgar concesiones a la iniciativa privada para servicios de juego relacionados con el turismo, en los términos del Proyecto de Ley Nº 2.234/2022, aún en trámite en el Congreso Nacional, y dispone otras medidas”.

El Proyecto de Ley 2.234/2022, elaborado por el diputado Felipe Carreras (PSB-PE), ya fue aprobado por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado Federal. Aún debe ser votado en el pleno antes de ser enviado al presidente para su aprobación. La propuesta federal abarca diversas modalidades de juego, como casinos, bingo, jogo do bicho (una especie de lotería ilegal) y apuestas en línea.

La legislación de Andradina especifica en su artículo 1 que los servicios relacionados con el juego incluyen la instalación y operación de casinos integrados en desarrollos turísticos. El texto abarca la operación de juegos como la ruleta, las cartas y los juegos electrónicos, así como servicios complementarios como la recreación, la gastronomía y el alojamiento.

El Poder Ejecutivo Municipal está autorizado a otorgar estos servicios mediante un proceso de licitación en forma de diálogo competitivo, de conformidad con la Ley Federal N.º 14.133/2021. El modelo legal y técnico de la concesión se desarrollará con los posibles interesados ​​durante las fases de diálogo previstas en la legislación.

La Ley N.º 4.316/2025 prevé la posibilidad de adoptar diferentes modelos de concesión, como la concesión común, la concesión de servicios precedida de obras o la concesión patrocinada. La elección se realizará según lo que convenga al interés público, según lo establecido en el apartado 2 del texto.

A nivel nacional, el Proyecto de Ley 2.234/2022 ha generado debates en el Congreso Nacional. La propuesta incluye la creación de complejos turísticos integrados y la asignación de una parte de los ingresos a áreas sociales y turísticas.

Quienes defienden la legalización del juego argumentan que la medida podría generar empleos y aumentar la recaudación fiscal. Quienes se oponen señalan experiencias internacionales donde la legalización sin controles adecuados ha provocado un aumento de la delincuencia.

El documento oficial fue firmado por el alcalde Mário Celso Lopes y el secretario municipal de Gobierno, Administración, Comunicación, Asuntos Parlamentarios e Institucionales, Ernesto Antonio da Silva Júnior.

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Ley N° 4.316/2025

"Dispone la autorización para otorgar concesiones a la iniciativa privada para servicios de juego relacionados con el turismo, en los términos del Proyecto de Ley Nº 2.234/2022, aún en trámite en el Congreso Nacional, y establece otras medidas."

MÁRIO CELSO LOPES, Alcalde de Andradina, Estado de São Paulo, en el ejercicio de sus poderes legales; ANUNCIA que el Concejo Municipal APROBÓ y SANCIONA y PROMULGA la siguiente Ley:

Artículo 1. Se declaran servicios públicos de significativo interés turístico y social los servicios relacionados con la explotación del juego regulado, previstos en el Proyecto de Ley nº 2.234/2022, aprobado por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía del Senado Federal, especialmente los realizados en casinos integrados en resorts de alta categoría.

Párrafo único. A los efectos de este artículo, se entiende por servicios relacionados con la explotación de juegos:

I – la instalación y operación de casinos integrados a desarrollos turísticos;

II – la explotación de juegos regulados, tales como ruleta, cartas, juegos electrónicos y juegos similares;

III – servicios auxiliares y complementarios relacionados con la recreación, gastronomía, alojamiento, cultura y entretenimiento, integrados al desarrollo turístico.

Artículo 2. El Poder Ejecutivo Municipal está autorizado a conceder, mediante licitación previa en la modalidad de diálogo competitivo, de conformidad con la Ley Federal nº 14.133/2021, la prestación de los servicios públicos a que se refiere el artículo 1 al sector privado.

§ 1 El modelo jurídico y técnico de la concesión se elaborará en conjunto con los potenciales interesados ​​a través de las fases de diálogo previstas en la Ley nº 14.133/2021.

§ 2. Si fuere de interés público, se podrá adoptar el modelo de concesión común, de concesión de servicios precedida de obras o de concesión patrocinada, de conformidad con la legislación aplicable.

Artículo 3. La vigencia de esta Ley está condicionada a la conversión del Proyecto de Ley Nº 2.234/2022 en Ley Federal, o a la promulgación de una norma federal de contenido equivalente, que regule el funcionamiento de los juegos y casinos en el territorio nacional.

Párrafo único. Cumplida la condición estipulada en el inciso principal, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley mediante decreto, según corresponda, para su plena aplicación.

Artículo 4. La presente Ley entrará en vigor en la fecha de su publicación, sujetándose sus efectos a lo dispuesto en el artículo 3.

Municipio de Andradina

Octubre 24 de 2025.

MARIO CELSO LOPES

alcalde municipal

ERNESTO ANTONIO DA SILVA JÚNIOR

Secretaría Municipal de Gobierno, Administración, Comunicación, Asuntos Parlamentarios e Institucionales

 

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