Se prevé que las apuestas deportivas financien el tratamiento de los ludópatas en el sistema público de salud brasileño (SUS).

La diputada federal Ana Paula Lima (PT-SC) presentó el Proyecto de Ley 4.761/2026, que obliga a las empresas de apuestas deportivas a financiar acciones de salud mental en el Sistema Único de Salud (SUS) destinadas al tratamiento de la ludopatía. El texto fue presentado el lunes 22 de julio.
El proyecto establece la Tasa de Inspección Sanitaria sobre Apuestas de Cuota Fija (TFS-Apostas), que se cobra mensualmente sobre los ingresos de los operadores autorizados. La tasa inicial es del 2%, con un mínimo del 1% y un máximo del 6%, sujeta a revisión periódica por parte del Poder Ejecutivo con base en un informe técnico del SUS (Sistema Único de Salud).
Todos los fondos recaudados se destinarán al Fondo Nacional de Salud (FNS), a una subcuenta específica denominada "Subcuenta para el Tratamiento del Trastorno del Juego". Los recursos deberán utilizarse exclusivamente para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la rehabilitación de personas con trastorno del juego; la vigilancia epidemiológica; las campañas de sensibilización; y la capacitación de profesionales de la salud para identificar y gestionar clínicamente la adicción.
Creciente demanda en el SUS (Sistema Único de Salud de Brasil)
El Sistema Único de Salud (SUS) de Brasil registró 10.553 consultas relacionadas con el juego patológico y las apuestas compulsivas entre enero de 2018 y mayo de 2025, lo que representa un aumento del 104% durante ese período, según datos del Ministerio de Salud. En marzo de 2026, el Ministerio lanzó un servicio gratuito y específico de telesalud para personas con problemas relacionados con el juego, accesible a través de la aplicación Meu SUS Digital, con una capacidad inicial de 600 consultas mensuales.
“Si el juego puede causar adicción, las empresas que se lucran con esta actividad también deben contribuir a financiar el tratamiento. No es justo que las familias y el sistema público de salud sean los únicos que asuman las pérdidas mientras las plataformas se quedan con las ganancias”, afirmó Ana Paula Lima.
La justificación del proyecto señala que, en la distribución actual de los ingresos por apuestas, el sector sanitario recibe solo el 1% del 12% que no se destina a los agentes operadores, un porcentaje que, según el legislador, no guarda relación con los costes reales que recaen sobre el sistema público.
Transparencia y sanciones
El proyecto de ley también exige a los operadores que proporcionen al Ministerio de Salud datos anuales agregados y anonimizados sobre los jugadores clasificados como de alto riesgo de adicción. Además, prevé la inclusión del trastorno del juego entre las afecciones sujetas a notificación obligatoria para fines de vigilancia epidemiológica, al tiempo que se garantiza la confidencialidad de los datos personales.
El incumplimiento de las obligaciones somete a los agentes operadores a las sanciones previstas en la Ley N° 14.790/2023, sin perjuicio de otras sanciones administrativas, civiles y penales.
La propuesta se suma a las medidas adoptadas por el Ministerio de Finanzas para restringir la publicidad de apuestas . Las nuevas normas estipulan que los anuncios deben mostrar advertencias como "El juego puede causar adicción", "El juego te hace perder dinero" y "El juego no es una inversión", además de prohibir que las apuestas se presenten como una fuente de ingresos o una solución a las dificultades financieras.
“Regular la publicidad es fundamental para prevenir nuevos casos, pero también debemos garantizar la atención a quienes ya han enfermado. Nuestro proyecto responsabiliza al sector por los impactos que produce y transforma parte de los ingresos de las apuestas en atención, información y protección de la vida”, declaró Ana Paula Lima.
De ser aprobado, el texto entrará en vigor en la fecha de su publicación, pero el cobro del impuesto TFS-Apostas solo tendrá efecto financiero a partir del primer día del siguiente año fiscal, respetando el período mínimo de 90 días estipulado en la Constitución Federal.


