La IAB aprueba un dictamen que declara inconstitucional el decreto que prohíbe los casinos en el país.

El Colegio de Abogados de Brasil (CAB) aprobó un dictamen que declara inconstitucional el Decreto Ley n.º 9.215/1946. Dicha ley prohíbe la operación de casinos y juegos de azar en el país. La decisión se tomó por mayoría de votos en la sesión plenaria del organismo, celebrada este miércoles 3 de junio.
El documento fue elaborado por el abogado Paulo Horn, miembro de la Comisión de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Brasil (IAB). El dictamen establece que el Decreto Ley de 1946 no fue incorporado a la Constitución Federal de 1988 por ser materialmente incompatible con el orden constitucional vigente, al violar principios como la dignidad humana, la autonomía privada, la libre iniciativa y la libertad económica.
El relator presentó los argumentos técnicos durante la sesión plenaria. Horn sostuvo que la prohibición establecida hace ocho décadas contradice los principios constitucionales. La Comisión de Derecho Constitucional destacó que la medida preconstitucional se promulgó en un contexto histórico de transición y de carácter contingente, con el objetivo de prohibir los casinos físicos. El abogado citó la libre empresa y el desarrollo económico como principios vulnerados por la antigua ley, argumentando que «la base de la legislación revela una elección normativa fundamentada en categorías de valores abstractos, históricamente situadas y carentes de la suficiente densidad jurídica para legitimar la restricción de las libertades fundamentales».
El relator abogó por la transición a un mercado formalizado. Horn argumentó que el contexto actual exige una regulación y supervisión rigurosas por parte del Estado. En opinión del IAB, la solución reside en adoptar un modelo regulatorio centrado en la transparencia, la supervisión y la protección del usuario, especialmente dadas las controversias en torno a las apuestas en línea y la consiguiente deuda pública.
Existe controversia sobre la eficacia del modelo prohibicionista.
La comisión también concluyó que mantener la prohibición absoluta de los casinos no se sustenta en la teoría del derecho penal moderno. «La prohibición absoluta de la actividad no identifica un bien jurídico específico, concreto y directamente protegido que justifique la intervención penal», afirma el dictamen. Según Horn, la prohibición constituye una manifestación de «derecho penal simbólico», incompatible con el principio de daño y con los límites constitucionales del poder punitivo del Estado.
Tras analizar los efectos prácticos de la política, el informe sostiene que la medida ha fracasado: «El modelo prohibicionista ha demostrado, con el tiempo, ser estructuralmente ineficaz, incapaz de eliminar la actividad, sino solo de trasladarla a la clandestinidad y a entornos informales y transnacionales». El relator añadió que este escenario conlleva una pérdida de control estatal, una falta de protección adecuada para los usuarios y el fortalecimiento de los mercados paralelos.
Otro punto destacado por Horn es la reciente evolución de la legislación brasileña sobre apuestas. El dictamen señala que las Leyes 13.756/18 y 14.790/23 han reconocido la legalidad de ciertas actividades basadas en el azar, sometiéndolas a la supervisión estatal. Según el texto, esta evolución normativa demuestra «la superación progresiva del paradigma prohibicionista y subraya su incompatibilidad estructural con el orden constitucional vigente».

Los desacuerdos marcan el debate en el IAB.
El análisis del informe provocó un amplio debate entre los miembros del IAB. Se registraron posturas tanto a favor como en contra del documento.
Los votos disidentes expresaron inquietudes relacionadas con el impacto social de la actividad. Quienes votaron en contra destacaron los desafíos relacionados con la supervisión.
Los miembros que apoyaron el texto destacaron que la opinión proporciona una base legal para la formalización del sector. Citaron la posibilidad de recaudar impuestos y la implementación de prácticas de juego responsable.
El abogado Roberto Brasil Fernandes aprovechó la tribuna para expresar su apoyo a las conclusiones del relator. El jurista recalcó que la derogación de la norma promulgada en 1946 es una medida necesaria para garantizar la seguridad jurídica y la transparencia fiscal en el país.
La declaración de Brasil Fernandes añadió argumentos técnicos al debate. El abogado abordó la compatibilidad de la antigua legislación con el orden constitucional vigente.
La iniciativa surgió de una propuesta aprobada en marzo.
La iniciativa que dio origen al dictamen surgió de la Recomendación N° 30/2026 , presentada por el abogado Claudio Araújo Pinho. La propuesta fue aprobada por aclamación durante la 41.ª Sesión Ordinaria de la IAB, celebrada el 26 de marzo, en la que se solicitaba a la comisión de derecho constitucional de la entidad que analizara la compatibilidad del Decreto-Ley N° 9.215/1946 con la Constitución Federal de 1988.
Tras su aprobación, la iniciativa fue remitida a la Comisión Constitucional de la Cámara de Representantes, donde el abogado Paulo Horn fue designado relator del dictamen. El documento analizaba el fundamento jurídico para mantener o no la prohibición de los casinos físicos a la luz de la Constitución de 1988.
Esta decisión influirá en los debates que se celebren en el Congreso y en el Tribunal Supremo.
Tras concluir los debates y celebrarse la votación, el Pleno de la IAB ratificó la opinión por mayoría. La postura adoptada por la institución servirá como aporte técnico para los debates sobre el Proyecto de Ley n.º 2.234/2022. Dicha propuesta se encuentra actualmente en trámite en el Congreso Nacional.
Este entendimiento también podría respaldar las acciones pendientes ante el Tribunal Supremo Federal sobre el tema. Si la Junta de Apelaciones Interinstitucionales (IAB) lo aprueba internamente, el dictamen podría remitirse al Tribunal Supremo Federal como apoyo técnico. El dictamen establece los fundamentos jurídicos respecto a la incompatibilidad entre la legislación de 1946 y los principios constitucionales establecidos por la Constitución de 1988.
La decisión institucional representa la postura técnica de una entidad jurídica brasileña centenaria. El asunto abarca aspectos económicos, tributarios y regulatorios estatales. Los expertos señalan que una posible postura sobre la no recepción de la norma por parte de la Constitución podría allanar el camino para la regulación de la explotación económica de los casinos físicos en el país. El documento se suma al conjunto de análisis jurídicos disponibles para el debate legislativo y judicial sobre la regulación de los casinos en Brasil.


