Mega-Sena: El fondo de lotería de R$ 53 millones aún está pendiente de sentencia en el Tribunal Superior de Justicia.

Blog del editor | 20 de junio de 2018

Por: Elaine Silva

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Mega-Sena: El fondo de lotería de R$ 53 millones aún espera sentencia en el Tribunal Superior de Justicia 1.
Un grupo de 40 residentes de Novo Hamburgo acertaron los números ganadores en 2010, pero la apuesta no fue registrada por ningún empleado de la lotería.

Un grupo de 40 residentes de Novo Hamburgo, Rio Grande do Sul, acertaron los seis números de la lotería Mega-Sena 2010, pero nunca recibieron el premio de R$ 53 millones. La apuesta se realizó en la agencia de lotería Esquina da Sorte, pero el empleado responsable no la registró en el sistema de la Caixa Econômica Federal. Dieciséis años después del sorteo, el caso aún está pendiente de sentencia en el Tribunal Superior de Justicia (STJ).

Según el informe, la apuesta grupal acertó los números 20, 28, 40, 41, 51 y 58 en el concurso 1.155. Cada participación costó R$ 11. Si se hubiera entregado el premio, cada uno de los 40 participantes habría recibido aproximadamente R$ 1.332.500. Dado que la apuesta no se registró, el premio se acumuló para el siguiente sorteo.

Los apostadores afectados interpusieron una demanda, abriendo dos frentes: uno penal y otro civil.

Condena en el ámbito penal

En el ámbito penal, el Tribunal Regional Federal de la 4.ª Región (TRF-4) juzgó el caso en 2016. El propietario de la tienda de lotería, José Paulo Abend, fue absuelto. El ponente, el juez federal Sebastião Ogê Muniz, de la 7.ª Sala, consideró que no existían pruebas de que Abend supiera que las apuestas grupales no estaban siendo registradas por el empleado.

La empleada Diane Samar da Silva fue condenada por fraude. Según Muniz, era responsable de registrar las loterías y "sistemáticamente omitió registrarlas, apropiándose indebidamente de los montos de las apuestas que debían transferirse a Caixa Econômica Federal (un banco brasileño)". Las notas que llevaba sobre las loterías no detallaban las apuestas individuales, solo registraban el monto total recaudado. La sentencia impuesta fue de 2 años y 4 meses de servicio comunitario, además del pago de aproximadamente R$ 2 en multas y sanciones pecuniarias.

Litigio civil contra Caixa

En el ámbito civil, 14 de los apostadores afectados interpusieron una demanda contra la agencia de lotería y Caixa Econômica Federal (un banco brasileño). La reclamación por daños materiales ascendió a R$ 1.334.215,25, cantidad equivalente al premio al que cada grupo de participantes habría tenido derecho. Sumando la reclamación por daños morales por el mismo monto, el total reclamado alcanzó los R$ 2.668.430,52.

Los autores argumentaron que el Código de Protección al Consumidor (CDC) impone responsabilidad civil objetiva en este caso y que CEF (Caixa Econômica Federal) tuvo la culpa en la selección y supervisión de la agencia de lotería acreditada.

La solicitud fue denegada en primera instancia, y la decisión fue ratificada por el TRF-4 (Tribunal Federal Regional de la 4.ª Región) en 2012. El tribunal destacó que la apuesta grupal no es una modalidad reconocida por la CEF (Caixa Econômica Federal), citando incluso el hecho de que el propio boleto estipula que el premio no puede ser reclamado por más de un participante. La decisión también indicó que la CEF incluso revocó la acreditación de Esquina da Sorte precisamente por vender esta modalidad, lo cual, según el tribunal, eliminó cualquier responsabilidad por parte de la institución; «Lo que existe es un incumplimiento de las condiciones establecidas para la acreditación del punto de venta de lotería, y la CEF no tiene responsabilidad alguna por el juego realizado en una modalidad que no está reconocida ni autorizada».

Caso ante el Tribunal Superior de Justicia

Los apostadores interpusieron recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ). En 2016, la magistrada Assusete Magalhães, ya jubilada, denegó el recurso especial en una sentencia unipersonal, señalando que el recurrente no había abordado el argumento central adoptado por el tribunal de origen, lo que motivó la aplicación del Precedente 283 del Tribunal Supremo Federal (TSF). La magistrada añadió que revisar la responsabilidad de Caixa requeriría un nuevo examen de los hechos y las pruebas, lo cual está prohibido en los recursos especiales por el Precedente 7 del TSJ.

La decisión fue impugnada mediante un recurso interno, y el caso llegó al Segundo Panel del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). En la sesión del martes 7 de febrero de 2017, el Ministro Mauro Campbell Marques planteó una cuestión de orden, y el panel reconoció que la demanda implica un debate relevante sobre la aplicabilidad del Código de Protección al Consumidor (CPC) y la responsabilidad de CEF, la entidad controladora de las loterías federales. La decisión del Ministro Assusete quedó sin efecto, y el recurso especial se incluyó en el orden del día para su resolución colegiada.

El juicio estaba programado para el 8 de marzo de 2022, pero fue aplazado. Desde entonces, el caso está a la espera de una nueva fecha para que los ministros del STJ (Tribunal Superior de Justicia) decidan el destino de los jugadores de Novo Hamburgo.

 

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