El Ministerio de Finanzas unifica el código de recaudación de impuestos para las apuestas de cuotas fijas.

Apuestas I 23.03.26

Por: Magno José

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El Ministerio de Finanzas publica un decreto para monitorear e inspeccionar las actividades de los operadores de juegos de azar y sus operadores.
Un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial establece el código 9197 para la recaudación de las cotizaciones a la seguridad social a través del DARF (Documento Federal de Recaudación de Ingresos), con vigencia a partir del 1 de abril.

La Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda modificó las normas de recaudación tributaria para las empresas que operan apuestas de cuotas fijas en Brasil. La Ordenanza SPA/MF N° 784 se publicó este lunes 23 de marzo en el Boletín Oficial de la Unión. Dicha normativa modifica la Ordenanza SPA/MF N° 1.212, del 30 de julio de 2024, relativa a los códigos de ingresos utilizados para la recaudación de recursos destinados a la seguridad social.

El decreto fue firmado el 20 de marzo de 2026 por el secretario interino de Premios y Apuestas, Daniele Correa Cardoso. La base legal de la medida son la Ley N° 13.756, del 12 de diciembre de 2018, y la Ley N° 14.790, del 29 de diciembre de 2023.

Unificación de los códigos de prescripción

La normativa establece códigos de ingresos que deben observar los operadores de apuestas de cuotas fijas. Estos códigos se utilizarán para la recaudación mediante el Documento Federal de Recaudación de Ingresos (DARF). Los destinos afectados son los previstos en los apartados IV-A y VI del párrafo 1-A del artículo 30 de la Ley N° 13.756.

El código tributario 9197 centralizará ahora la recaudación de las contribuciones relacionadas con los ingresos de loterías y apuestas de cuotas fijas. Esta unificación abarca tanto las asignaciones previstas en los apartados 1-A y 1-E como las especificadas en el inciso IV-A del artículo 30 de la Ley N° 13.756. Esta actualización refuerza la obligación de los operadores de apuestas de observar correctamente los códigos tributarios, reduciendo las inconsistencias en la recaudación y el riesgo de auditorías fiscales.

Según el texto actualizado, “Artículo 4. Para las asignaciones a la seguridad social previstas en los apartados 1-A y 1-E del artículo 30 de la Ley N° 13.756, del 12 de diciembre de 2018, modificada por la Ley Complementaria N° 224, del 26 de diciembre de 2025, así como en el apartado IV-A de dicho párrafo, los pagos deberán efectuarse a través del DARF bajo el código de ingresos: 9197 (CONTRIBUCIÓN SOBRE LOS INGRESOS DE LOTERÍAS Y APUESTAS DE CUOTAS FIJAS)”.

La Ley Complementaria N° 224, sancionada por el Presidente Luiz Inácio Lula da Silva, incrementó la tributación de los establecimientos de apuestas, modificando el impuesto sobre las apuestas deportivas, conocidas como " bets ". La nueva ley aumenta gradualmente la tasa impositiva sobre los ingresos brutos del 12% actual al 15% para 2028, con el fin de cubrir los gastos de operación y mantenimiento del agente operador y para la seguridad social.

La Ley Complementaria modificó el artículo 30 de la Ley N° 13.756 de 2018, definiendo nuevos porcentajes para la distribución de los fondos recaudados por apuestas. Del total, tras deducciones específicas, el 85% se destinará a cubrir los gastos de operación y mantenimiento del operador de apuestas, el 3% a la seguridad social (la mitad para acciones de salud) y el 12% tendrá destinos específicos.

Los agentes operativos deben usar exclusivamente este código para los pagos realizados mediante DARF (Documento Federal de Recaudación de Ingresos) destinados a la Cuenta Única del Tesoro Nacional. Las transferencias realizadas a la Cuenta Única del Tesoro Nacional mediante este instrumento deben seguir los códigos especificados en la normativa.

Validez y derogación

La ordenanza entrará en vigor el 1 de abril de 2026. A partir de esa fecha, los operadores de apuestas de cuotas fijas deberán cumplir con las nuevas normas de recaudación.

El documento también deroga la Ordenanza SPA/MF n.° 2.219, publicada el 30 de septiembre de 2025. Dicha publicación apareció en el número 55 de la Gaceta Oficial de la Unión, sección 1, página 56.

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ANEXO ÚNICO

Recaudación vía DARF (Documento de Recaudación de Impuestos)

  1. Las transferencias realizadas a la Cuenta Única del Tesoro Nacional a través del pago del DARF deberán cumplir con los siguientes códigos:

El Ministerio de Finanzas unifica el código de recaudación de impuestos para las apuestas de cuotas fijas 1El Ministerio de Finanzas unifica el código de recaudación de impuestos para las apuestas de cuotas fijas.

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