Magistrado de la Corte Suprema programa audiencia de conciliación para tratar medida cautelar en materia de apuestas y beneficios sociales.

El juez Luiz Fux ha programado una audiencia de conciliación para tratar los desacuerdos sobre el cumplimiento de la medida cautelar de la Acción Directa de Inconstitucionalidad n.º 7.721. La reunión tendrá lugar el 17 de marzo de 2025, a las 15:00 h, en la sede del magistrado del Supremo Tribunal Federal de Brasilia.
La decisión se tomó este miércoles (16) tras polémicas entre las partes involucradas en el proceso. El impasse se produjo tras la entrada en vigor de la Ordenanza SPA/MF n.º 2.217/2025 y las Instrucciones Normativas SPA/MF n.º 22/2025 y 24/2025, lo que generó diferentes interpretaciones sobre la implementación de la medida cautelar otorgada parcialmente el 13 de noviembre de 2024.
Se ha convocado a cuatro entidades a participar en la audiencia presencial. La Confederación Nacional de Comercio de Bienes, Servicios y Turismo (CNC), demandante original en la acción, estará presente en las deliberaciones. La Asociación Brasileña para la Libertad Económica (ABLE), que solicitó la nueva medida cautelar, también participará en la reunión.
El Sindicato y el Ministerio de Hacienda completan la lista de participantes, junto con la Fiscalía General de la República. La información proporcionada por ABLE, la Fiscalía General de la República y el Sindicato destacó los desacuerdos que motivaron la convocatoria de la audiencia.
La reunión abordará específicamente las controversias relacionadas con la implementación de la medida cautelar, que fue ratificada por el Supremo Tribunal Federal (STF) el 18 de noviembre de 2024. La audiencia busca una solución consensuada al impasse jurídico establecido tras la publicación de la normativa por parte del Ministerio de Hacienda.
Alegación de regulación excesiva.
El 1 de diciembre, ABLE presentó un escrito ante el Supremo Tribunal Federal (STF) denunciando que las nuevas regulaciones del Ministerio de Hacienda en materia de apuestas afectaban indebidamente a las personas sin prestaciones sociales. El documento estaba dirigido al ministro Luiz Fux, quien también es relator de la ADI 7.723/DF, además de la ADI 7.721/DF mencionada anteriormente.
Según la asociación, las restricciones implementadas afectan no solo a los beneficiarios directos de los programas sociales, sino también a sus familiares dependientes registrados en las bases de datos oficiales. La organización presentó documentos que, según afirma, demuestran que las limitaciones afectan a las personas que no reciben prestaciones sociales, pero que figuran como dependientes en los registros gubernamentales.
El 10 de noviembre, ABLE ya había presentado un escrito de amicus curiae ante el Tribunal Supremo Federal (TSF) en el marco de las mismas Acciones Directas de Inconstitucionalidad (ADI), destacando la urgencia del asunto ante el inminente plazo fijado por la Instrucción Normativa SPA/MF n.º 24/2025, que estableció el 1 de diciembre de 2025 como fecha límite para que los operadores de apuestas implementaran mecanismos de bloqueo.
Contexto de la decisión de medida cautelar
Es importante contextualizar que, en una decisión monocrática publicada el 13 de noviembre, el ministro Luiz Fux otorgó una medida cautelar parcial en las ADI 7721 (propuesta por la CNC) y 7723 (propuesta por el Partido Solidaridad). La decisión determinó la aplicación inmediata de medidas que impiden la participación en apuestas de cuotas fijas con recursos provenientes de programas sociales y de bienestar como Bolsa Familia, el Pago Continuo de Beneficios y programas similares, hasta que se dicte sentencia sobre el fondo de las acciones mencionadas.
En su reciente declaración, ABLE solicita a la Corte Suprema que reconozca el "exceso indebido implementado en el cumplimiento de la medida cautelar" y ordene al Sindicato adoptar medidas inmediatas para cumplir con la decisión dentro de sus estrictos límites: impedir el uso de fondos de programas sociales para apuestas de cuotas fijas sin, sin embargo, excluir al beneficiario del entorno regulado.
El presidente de ABLE, Luciano Benetti Timm, firmó la declaración. La Defensoría del Pueblo Administrativo del Tribunal Supremo Federal aún no se ha pronunciado sobre las acusaciones presentadas por la asociación.
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Acción directa de inconstitucionalidad 7.721 Distrito Federal
DECISIÓN: Considerando la entrada en vigor de la Ordenanza SPA/MF nº 2.217/2025 y de las Instrucciones Normativas SPA/MF nº 22/2025 y 24/2025, así como la información proporcionada por la Asociación Brasileña para la Libertad Económica – ABLE (doc. 356 y doc. 362), de la Procuraduría General de la República (doc. 373) y de la Unión (doc. 375), surgió en el proceso controversia sobre la forma de cumplimiento de la medida cautelar parcialmente concedida el 13/11/2024 y ratificada por el Pleno el 18/11/2014.
En este contexto, programo una audiencia de conciliación para el día 17 de marzo de 2026, a las 15:3 horas, a realizarse presencialmente en mi despacho del Supremo Tribunal Federal, para tratar específicamente este punto controvertido, debiendo participar únicamente las siguientes entidades:
a) Confederación Nacional de Comercio de Bienes, Servicios y Turismo – CNC (parte actora en la acción); b) la Asociación Brasileña para la Libertad Económica – ABLE (parte actora en la nueva medida cautelar); c) la Unión y el Ministerio de Hacienda; d) la Procuraduría General de la República.
Publica tu mismo.
Brasilia, 16 de diciembre de 2025.
Ministro Luiz Fux
Relator


