Nunes Marques acepta a Maranhão como amicus curiae en demanda sobre loterías municipales.

Lotería I 12.11.25

Por: Magno José

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Ministro Nunes Marques no suspende funcionamiento municipal.
El ministro Nunes Marques admite la participación del Estado en la demanda interpuesta por el partido Solidariedade, que cuestiona la autoridad de los municipios para operar servicios de lotería. La decisión del ministro amplía el debate legal sobre quién puede operar servicios de lotería en el país (Foto: Ascom/STF).

El ministro Nunes Marques aceptó al Estado de Maranhão como amicus curiae (amigo del tribunal) en el Alegato de Incumplimiento del Precepto Fundamental presentado por el partido Solidaridad contra las regulaciones municipales sobre loterías y apuestas. La decisión se publicó el 10 de noviembre de 2025, tras analizar la solicitud, argumentando que la operación de loterías es competencia exclusiva de la Unión, los estados y el Distrito Federal.

El gobierno de Maranhão formalizó la solicitud a través de una petición al Supremo Tribunal Federal (STF), destacando que la legislación federal, específicamente el artículo 35-A de la Ley 14.790/2023, otorga a los estados y al Distrito Federal la prerrogativa de operar servicios de lotería.

Argumentación jurídica

En la demanda presentada ante el Supremo Tribunal Federal (STF), Maranhão impugna la clasificación de las loterías como asunto de interés local, lo que, según el documento, imposibilitaría a los municipios operar en este sector. El estado solicitó la desestimación de la demanda original.

“La lotería constituye un servicio público de competencia legislativa exclusiva de la Unión, que posteriormente autorizó a los estados y al Distrito Federal a operar este servicio”, argumenta el documento presentado por el estado.

El ministro Nunes Marques basó su decisión en los artículos 6, párrafo 2, de la Ley 9.882/1999 y 7, párrafo 2, de la Ley 9.868/1999, que regulan la participación de terceros en los procedimientos de control de constitucionalidad. Según el ponente, Maranhão cumple con los criterios establecidos por la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal (STF) para este tipo de participación procesal.

Entre los requisitos mencionados en la decisión se encuentran la pertinencia del tema, la representatividad del solicitante y la conexión entre sus fines institucionales y el objeto de la acción. El ministro también destacó la importancia de la pluralización de actores en la jurisdicción constitucional como forma de colaborar con la justicia.

La ADPF (Reclamación de Incumplimiento de Precepto Fundamental) fue propuesta originalmente por el partido Solidaridad, cuestionando la constitucionalidad de las normas municipales relativas a la creación y operación de loterías y sistemas de apuestas. Con la inclusión del Estado de Maranhão como amicus curiae, el proceso aporta nuevos elementos al debate jurídico sobre la competencia para legislar y operar los servicios de lotería en el país.

El documento oficial de la decisión recibió la firma digital del ministro Nunes Marques, de acuerdo con los protocolos de autenticación establecidos por la ley brasileña para documentos judiciales.

Paraná y Lottopar piden medida cautelar para restringir loterías municipales.

En este contexto, el Estado de Paraná y la Lotería del Estado de Paraná (Lottopar) presentaron una petición complementaria ante el Supremo Tribunal Federal (STF) solicitando una medida cautelar en la ADPF 1212. El documento fue presentado el 10 de junio y firmado por el Procurador General de la República del Estado de Paraná, reforzando argumentos anteriores presentados por las entidades, que ya actúan en el proceso como amici curiae.

En la petición, los residentes de Paraná solicitan que se conceda la medida cautelar solicitada en la petición inicial o, al menos, que se dicte una medida cautelar para impedir que los municipios operen loterías fuera de sus límites territoriales. La solicitud alternativa busca obligar a los municipios a implementar medidas técnicas que impidan las apuestas en línea en sus loterías desde direcciones IP ubicadas fuera de sus territorios.

Además de Paraná, otros estados también fueron admitidos como amici curiae en el proceso. En octubre, el ministro Nunes Marques aprobó la participación de los estados de Santa Catarina, Espírito Santo, Rondônia y la Asociación Nacional para la Seguridad Jurídica de Juegos y Apuestas (Anseja). Anteriormente, en agosto, el ministro ya había admitido la participación de la Asociación Nacional de Loterías Municipales y Estatales (ANALOME), la Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL), la Confederación Nacional de Servicios (CNS) y el estado de Paraná.

El Procurador General de la República, Paulo Gonet Branco, se manifestó en octubre a favor de la solicitud en la ADPF 1212, posición también adoptada por la Procuraduría General de la República, que argumentó que la operación de loterías no puede ser entendida como un asunto de "interés local", destacando la complejidad del tema.

El partido Solidaridad, que presentó la acción, alega que hay una "proliferación descontrolada de loterías municipales" sin la debida supervisión del Ministerio de Hacienda, argumentando que el Supremo Tribunal Federal, al decidir que los estados pueden operar servicios de lotería dentro de sus territorios, no extendió esa autorización a los municipios.

ANALOME presenta su posición técnica ante el Supremo Tribunal Federal y defiende la autonomía de los municipios en la ADPF 1212.

 

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