Nunes Marques admite a ABRASF e Itaquaquecetuba como amici curiae y amplía debate sobre loterías municipales en ADPF 1212.

Lotería I 09.09.26

Por: Magno José

Compartir:
Ministro Nunes Marques no suspende funcionamiento municipal.
Con la incorporación de las nuevas entidades, la acción cuenta ahora con al menos 14 amicus curiae y está lista para ser juzgada en el Pleno presencial del STF (Foto: Disclosure/STF).

El magistrado Nunes Marques del Tribunal Supremo de Justicia de Brasil decidió el lunes 24 de agosto admitir a la Asociación Brasileña de Secretarios de Hacienda (ABRASF) y al municipio de Itaquaquecetuba (SP) como amicus curiae en el Argumento de Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPF) 1212, que analiza la constitucionalidad de las ordenanzas municipales que crearon sus propios sistemas de lotería, rifas y apuestas. En la decisión, el ponente consideró que se cumplían los requisitos de relevancia del asunto, representatividad de los solicitantes y conexión con el objeto de la acción, de conformidad con los artículos 6, §2, de la Ley 9.882/1999 y 7, §2, de la Ley 9.868/1999.

Con esta nueva admisión, la ADPF 1212 cuenta ahora con al menos 14 entidades y organismos federativos autorizados a participar en el proceso, incluidas asociaciones industriales, estados y municipios; uno de los casos de pluralización procesal más amplios jamás vistos en la sentencia del Tribunal Supremo sobre un asunto relacionado con el sector de las apuestas.

El caso

La demanda fue interpuesta en marzo de 2025 por el partido Solidaridad contra las normativas de al menos 13 municipios —entre ellos São Paulo, Guarulhos, Campinas, São Vicente y Poá (SP), Belo Horizonte (MG), Anápolis y Caldas Novas (GO), Foz do Iguaçu (PR), Pelotas y Porto Alegre (RS), Bodó (RN) y Miguel Pereira (RJ)— que establecieron sus propios sistemas de lotería y apuestas. El partido argumenta que la competencia para legislar sobre loterías y consorcios recae exclusivamente en la Unión (Artículo 22, XX, de la Constitución), y que la potestad residual reservada a los Estados por el Artículo 25, §1, no se extiende a los municipios.

El 3 de diciembre de 2025, Nunes Marques dictó una orden judicial única que suspendía, en todo el territorio nacional, la vigencia de las leyes municipales que creaban loterías y sistemas de apuestas, ordenando el cierre inmediato de las operaciones en curso —incluidas las ya delegadas a empresas privadas— bajo pena de una multa diaria de R$ 500 para los municipios y R$ 50 para los alcaldes y directores de las operadoras. La orden judicial fue sometida a revisión en el Pleno Virtual, pero una solicitud de votación separada del Ministro Flávio Dino trasladó la decisión a una sesión presencial.

Sentencia remitida al Pleno.

Casi nueve meses después de la orden judicial —y tras sucesivas rondas de admisiones de amicus curiae— el ponente ha remitido el caso ADPF 1212 al pleno del Tribunal Supremo para su dictamen. Esta es la etapa que determinará definitivamente si la gestión de las loterías y las apuestas puede descentralizarse a los municipios o si permanece bajo la regulación exclusiva de la Unión y los Estados, un punto que pone de manifiesto las tensiones directas con el modelo federal de regulación del mercado de apuestas de cuotas fijas, consolidado por la Ley 14.790/2023.

Mapa de amici curiae en ADPF 1212

PRO-AUTONOMÍA MUNICIPAL (defienden la constitucionalidad de las loterías creadas por los municipios)

Entidad Argumento central
ANALÓMICO Los municipios son entidades federativas autónomas con poderes propios (artículo 30 de la Constitución Federal); se invocan las ADPF 492/493 para argumentar que la lógica que liberó a los Estados también se aplica a los municipios.
GANANCIAS Defiende la validez de las loterías municipales, citando jurisprudencia anterior del Tribunal Supremo.
FNP (Frente Nacional de Alcaldes) Representa a los municipios con más de 80 habitantes (el 61% de la población y el 75% del PIB); impugna la decisión porque atenta contra la autonomía municipal.
Municipio de Itaquaquecetuba Defiende la validez de su propia ley local, argumentando que el municipio tiene la autoridad para operar el servicio.
ABRASF Asociación de Secretarías de Finanzas Municipales: la admisión es reciente (24 de agosto) y aún no he encontrado la declaración de méritos, pero la misión institucional (defender la autonomía fiscal de los municipios) apunta en esa dirección. Conviene confirmarlo antes de hacer una declaración definitiva sobre el asunto.

A FAVOR DE LA EXCLUSIVIDAD FEDERAL/ESTATAL (en contra de la jurisdicción municipal)

Entidad Argumento central
anjl Calificó la decisión como una "medida correctiva" para los municipios que estaban creando normas desvinculadas de las regulaciones federales.
CEF Titular de los derechos exclusivos de la lotería federal desde 1969; solicita la plena aceptación del ADPF (Arguição de Descumprimento de Preceito Fundamental - Demanda de Incumplimiento de un Precepto Fundamental).
Paraná / Lottopar Fue aún más allá: solicitó al Tribunal Supremo que prohibiera incluso las apuestas basadas en direcciones IP desde fuera de los límites municipales.
Santa Catarina Tiene su propia lotería estatal (LOTESC); solicita documentación completa.
Espírito Santo La misma línea que los demás estados.
Rondônia Misma línea
Maranhão Misma línea
São Paulo Argumenta que la legislación municipal sobre loterías generaría una "fragmentación normativa" e incertidumbre jurídica.

¿Quiénes ya están en la carrera?

Desde agosto de 2025, el proceso ha recibido solicitudes de membresía a un ritmo constante, desde asociaciones del sector de loterías hasta estados que ya operan o planean operar sus propias loterías, incluyendo entidades municipales y, ahora, un municipio directamente afectado por la suspensión. Los detalles de cada entidad y su postura en el debate federal (municipios frente a estados/gobierno federal) se encuentran en la tabla adjunta a este artículo.

La Fiscalía General de la Unión (AGU) también ha expresado su opinión en el expediente, respaldando el argumento del derecho exclusivo de la Unión (y, residualmente, de los Estados) a operar loterías, coincidiendo así con la solicitud del partido Solidaridad.

Al momento de redactar este informe, no hay fecha confirmada para la audiencia presencial.

 

H2Bet - 728 x 90 - Texto 1H2Bet - 728 x 90 - Texto 1

Compartir: