La Corte Suprema de Brasil suspende las loterías municipales en todo el país y prohíbe nuevos actos relacionados con las apuestas.

BNL I 03.12.25

Por: Magno José

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La Corte Suprema de Brasil suspende las loterías municipales en todo el país y prohíbe nuevos actos relacionados con las apuestas.
La decisión del ministro Nunes Marques afecta a decenas de municipios que han creado sus propios sistemas de apuestas, incluyendo modalidades de cuotas fijas como apuestas deportivas y juegos online (Foto: STF).

El Tribunal Supremo de Brasil ordenó la suspensión inmediata de todas las loterías municipales que operan en Brasil. La decisión cautelar fue emitida por el juez Nunes Marques en el Argumento de Incumplimiento del Precepto Fundamental (ADPF) 1212. La medida afecta a decenas de municipios que habían creado sus propios sistemas de apuestas, incluyendo modalidades de cuotas fijas como las apuestas deportivas y los juegos en línea.

La sentencia, emitida este miércoles (3), suspende la vigencia de todas las normas municipales que crearon las loterías y autorizaron su funcionamiento. El ministro ordenó el cese inmediato de las operaciones vigentes y prohibió a los municipios la realización de nuevos actos relacionados con estas actividades.

La Ley 14.790, de diciembre de 2023, modificó la Ley 13.756/2018 y centralizó en el Ministerio de Hacienda (MF) las responsabilidades de regulación y acreditación de las empresas autorizadas para operar apuestas. Al añadir el artículo 35-A a la legislación, el texto confirió un tratamiento normativo a la operación de loterías por parte de los estados y el Distrito Federal, sin incluir a los municipios.

En su decisión, Nunes Marques destacó que los servicios de lotería tienen un carácter estrictamente nacional en términos legislativos y un carácter nacional y regional en términos administrativos. Según él, el asunto exige un alto grado de cuidado por parte de las autoridades públicas en su regulación y una estructura regulatoria centralizada.

El Supremo Tribunal Federal (STF) ya se había pronunciado sobre los efectos potencialmente nocivos de las loterías, especialmente las apuestas de cuota fija, en la sentencia conjunta de las ADI 7.721 y 7.723, bajo la ponencia del ministro Luiz Fux, publicada en noviembre de 2024. En esa ocasión, el Pleno señaló la insuficiente protección y el déficit regulatorio sobre el tema.

Según el ministro, el funcionamiento de las casas de apuestas a nivel local, sin supervisión del Ministerio de Finanzas y sin cumplir los criterios nacionales, crea una situación jurídica problemática: una actividad económica prohibida a nivel federal, pero aparentemente autorizada en 5.550 municipios.

La decisión señala que este sistema difuso socava la supervisión federal y relaja estándares para atraer inversión e ingresos al municipio, obstaculizando la estandarización de parámetros y reglas de protección al consumidor.

Las leyes municipales de Guarulhos (SP), São Vicente (SP), Belo Horizonte (MG), São Paulo (SP) y Campinas (SP) fueron citadas como ejemplos de regulaciones que innovan la disciplina federal de transferir fondos recaudados, provocando un desequilibrio federal.

El ministro enfatizó que las casas de apuestas que no cumplan con los criterios estipulados por el Poder Ejecutivo Federal no pueden operar servicios de lotería a nivel municipal. Cualquier interpretación contraria sería incompatible con los principios constitucionales del orden económico (artículo 170 de la Constitución).

Tan solo en 2025, tras la presentación de la demanda, aproximadamente 55 municipios de 17 estados, de todas las regiones del país, crearon sus propias loterías para operar juegos de lotería y apuestas deportivas. Se tiene registro de más de 80 municipios que emitieron regulaciones para la creación de loterías en los últimos tres años.

La decisión enumera 70 municipios que han establecido sistemas de lotería, entre ellos Belém (PA), Betim (MG), Foz do Iguaçu (PR), Juiz de Fora (MG), São Gonçalo (RJ), Sorocaba (SP) y Teresópolis (RJ). El ministro consideró urgente la intervención del Supremo Tribunal Federal (STF) para evitar la profundización de la situación de inconstitucionalidad.

El incumplimiento de la decisión resultará en una multa diaria de R$ 500 mil para los municipios y empresas que continúen prestando servicios de lotería, y de R$ 50 mil para los alcaldes y presidentes de empresas que continúen operando actividades de lotería.

La decisión se apoya en la medida cautelar concedida en enero de 2025 por el ministro André Mendonça en la Acción Civil Original (ACO) 3.696, ratificada por el Pleno del Supremo Tribunal Federal en marzo de 2025.

El ministro ordenó notificar a la Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda, a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) y a la Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) para que tomen las medidas pertinentes, considerando los acuerdos de cooperación técnica firmados entre esas entidades.

En diciembre de 2024, SPA/MF y Anatel formalizaron el Acuerdo de Cooperación Técnica n.º 45/2024 para optimizar el bloqueo de sitios web que explotan ilegalmente las apuestas de cuotas fijas. Más recientemente, las tres entidades firmaron el Acuerdo de Cooperación Técnica n.º 4/2025 para mejorar la detección y el combate de las ofertas ilegales de apuestas en Brasil.

La decisión será sometida a referéndum por el pleno de la Corte Suprema en una sesión extraordinaria del Pleno Virtual que convocará la Presidencia de la Corte.

Orden Preliminar contra las Loterías Municipales

 


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