Caixa publica nueva circular con reglas para permisos de lotería y amplía plazos para regularización de documentos.

La CAIXA Econômica Federal publicó la Circular n.º 1.084, que establece nuevas normas para la autorización de loterías en Brasil. El documento se publicó este martes (23) en el Diario Oficial de la Unión y modifica varios aspectos operativos del sector.
La circular, del 22 de diciembre, consolida las normas relativas a la selección, la prestación de servicios, la comercialización de productos de lotería y las normas operativas. Entre los principales cambios se encuentra la modificación del límite de permisos por CPF/CNPJ (Número de Identificación Fiscal de Personas Físicas/Empresas de Brasil), según el punto 2.3 del documento.
El texto incluye una disposición para la creación de puntos de venta vinculados a los establecimientos de lotería para la venta de billetes físicos de la Lotería Exclusiva Instantánea (Lotex). Esta medida se incluye en el punto 5.1.4 del reglamento.
Cabe destacar que esta nueva circular representa una evolución con respecto a la Circular n.º 1.077 de la CAIXA, publicada el 11 de diciembre de 2024, que ya había eliminado el cupo obligatorio de billetes de la LOTEX para la red de loterías. La versión anterior (Circular n.º 1062/2024 de la CAIXA) contenía este requisito, lo que dio lugar a una reclamación de la Federación Brasileña de Empresas de Lotería (FEBRALOT) ante la CAIXA, solicitando la corrección de lo que consideraban un error.
El nombre «Expresso Parceiros» se ha cambiado a «Conexão Parceiros», según el punto 19.1.4.2. La CAIXA también eliminó el punto anteriormente clasificado como enmienda contractual y modificación de los Estatutos Sociales, que figuraba en el punto 20.1.1, apartado IX.
El plazo para regularizar la documentación en caso de fallecimiento de un socio se ha ampliado de 180 a 240 días, según lo especificado en el punto 20.1.7.1. La circular también modificó el plazo para cambios societarios, detallado en el punto 20.1.2.1, apartado II, y eliminó la disposición sobre excepciones a este plazo, previamente prevista en el punto 20.1.2.2.
Se ha modificado la redacción relativa al plazo para actuar con poder notarial, ampliando las excepciones, como se indica en el punto 22.4. En términos financieros, el documento define que el movimiento de fondos en la cuenta vinculada a la cuenta contable se realizará exclusivamente por importes procedentes de loterías o actividades combinadas, según el punto 24.3.2.
En el Anexo I, se modificó el porcentaje de la tarifa por modificación de contrato para establecimientos de lotería y USL. El documento también establece una tarifa fija para cambios societarios entre socios con cierto grado de parentesco y excluye la disposición sobre la modificación de la tarifa por modificación de contrato.
El Anexo II reduce el porcentaje del 15% al 10% cuando la puntuación total alcanza o supera los 20 puntos en los últimos 12 meses. La CAIXA también determinó la exclusión de los cargos adicionales aplicados por la entidad en el cálculo de las comisiones (Anexo I) y las multas (Anexo II).
El documento define la cuenta contable como destinataria de los pagos de Pix relativos a los ingresos de lotería, actuando como Corresponsal, y de las liquidaciones financieras, siguiendo reglas predefinidas por la CAIXA, conforme al ítem 2.3.1.1 del Anexo III.
La circular está disponible para consulta en el sitio web oficial de CAIXA ( https://www.caixa.gov.br/Downloads/ ) y deroga la Circular CAIXA n.º 1.077/2024, de fecha 11 de diciembre de 2024.
Circular-1084_2025-regulamentacao-das-permissoes-lotericas


